EL PLEBISCITO DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Por Hilario Castro Trezza

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El próximo 27 de octubre se plebiscitará un proyecto de reforma constitucional referente a la seguridad social, impulsado por el PIT-CNT; FUCVAM; FEUU y los Partidos Comunista; Socialista; Por la Victoria del Pueblo y otros de similar orientación ideológica. Quienes estén de acuerdo con la propuesta deberán poner en el sobre de votación la papeleta color blanco del SÍ, quienes no compartan el proyecto no deben poner papeleta alguna dado que no va a existir una por el NO como en los referéndum.

El plebiscito fue impulsado a propuesta de la Asociación de Trabajadores de la Seguridad Social (ATSS) en el seno de la Mesa Representativa del PIT-CNT y aprobado por 16 votos, contra 14 votos de otra propuesta que no incluía la eliminación de las AFAP promovida por Unión Nacional de Trabajadores del Metal y Ramas Afines (UNTMRA), a su vez quienes no estaban de acuerdo con llevar a cabo una reforma constitucional sobre esta materia también obtuvieron 14 votos.

De lo reseñado surge lo dividido que estuvo el tema al interior de la Convención de Trabajadores. También es sabido que se oponen al interior del Frente Amplio, el Movimiento de Participación Popular; la Vertiente Artiguista, los sectores Seregnistas, entre otros, y su fórmula presidencial.

La Asociación de Empleados Bancarios del Uruguay (AEBU) en su oportunidad elaboró un informe técnico contrario a la propuesta, no obstante luego se llamó a silencio por disciplina sindical.

Recientemente ciento once personalidades frenteamplistas, entre las que se encuentran sus más destacados economistas, han dado a conocer un fundado documento contrario a este proyecto de reforma constitucional.

En los Partidos de la Coalición Republicana hay unanimidad en el rechazo y así lo han expresado no sólo los integrantes de las fórmulas presidenciales, sino además los máximos exponentes de todas las corrientes de los Partidos Nacional; Colorado; Cabildo Abierto e Independiente.

Nuestra postura contraria como ciudadano liso y llano ya la hemos manifestado en el proceso de recolección de firmas para la iniciativa. Ahora ahondaremos al respecto.

Es absurdo poner en la Constitución de la República la edad mínima jubilatoria; equiparar el mínimo jubilatorio y pensionario con el valor del salario mínimo nacional; prohibir el ahorro individual con destino jubilatorio y la liquidación de las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional (AFAP).

Esta monstruosidad jurídica, implica la no sustentabilidad financiera del sistema previsional nacional en el mediano plazo; la cristalización de inequidades; un aumento del gasto público exorbitante dado que la equiparación de las pasividades al salario mínimo es por prestaciones y no por beneficiario; la inmediata asistencia estatal a la Caja Bancaria y Notarial que ya en sus reformadas leyes orgánicas establecen la edad mínima jubilatoria en 65 años; la confiscación de los saldos acumulados en las cuentas de ahorro de las personas afiliadas a las AFAP que dará lugar inevitablemente a sentencias de condena judiciales nacionales o internacionales, conforme a la jurisprudencia dominante, que deberá afrontar el Estado y la afectación de las inversiones donde vuelcan sus recursos las AFAP, con las consecuencias en el grado inversor del país por la inseguridad jurídica que este cambio retroactivo conlleva.

Los sectores políticos y sindicales marxistas han aprovechado demagógicamente un tema tan sensible para la población con el propósito de torpedear los mercados financieros y la propiedad privada de los activos, prohibiendo el ahorro individual previsional no así el colectivo y confiscar los ahorros de los afiliados a las AFAP que ahora son heredables y condicional y parcialmente retirables, prescindiendo en todos los casos del consentimiento de sus propietarios.

Han sido tan improvisadas y disparatadas las propuestas de financiamiento de la reforma que causan asombro, desde aumento de los aportes patronales, pasando por eliminación de exoneraciones tributarias a empresas y centros de educación privada; baja de montos no imponibles sobre el patrimonio o aumento de las alícuotas de la renta del capital, etc.

De ponerse en práctica estas medidas tributarias se desploma la inversión nacional y extranjera en el país, con el inevitable freno al crecimiento económico, la baja del salario real, del empleo y la suba de la inflación. Pero a ellos no les importan los costos con tal de colectivizar progresivamente la economía, ignorando, por ceguera ideológica, la evidencia empírica de los países que han transitado por esos caminos.

Los beneficiarios del sistema de seguridad social que son mayoría en el país, dependen de una minoría de contribuyentes, en especial de medianos y grandes, que con ahorro, inversión e innovación, estimulados por un sistema tributario razonable, dan sostenibilidad al mismo.

Si no se genera riqueza, qué se va a distribuir. Por ello, aunque es un tema filosófico que escapa al propósito de esta columna, no es justo, en la acepción romana del vocablo, que decida con su voto en un plebiscito la mayoría ciudadana que se beneficia, directa o indirectamente, con una pasividad, cuando el costo de la reforma lo deberá afrontar la minoría ciudadana contribuyente de los recursos que necesita el sistema, soslayando los mínimos criterios fiscales que lo hagan viable.

Los colectivistas conocen este flanco débil de la democracia directa, que desconoce el carácter contra mayoritario de los derechos individuales. Ellos tienen una estrategia sin tiempo, por lo cual no nos dejemos embaucar con hermosas promesas que quieren tornar indolora la colectivización de la economía, con las consecuencias ya conocidas en otros países.

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