UN LIBRO QUE CAMBIÓ LA HISTORIA. Por Hilario Castro Trezza

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El pasado 20 de mayo, tuve el placer y el honor de disertar en el Instituto de Formación Docente de Florida, sobre el tema “La Batalla de Las Piedras: un enfrentamiento bélico entre españoles fieles a Fernando VII”, donde sobre la base de abundante documentación, contenida en el Tomo V del Archivo Artigas, pude demostrar que Artigas, partidario de la Junta Provisional de Buenos Aires, era tan español y fiel a Fernando VII como su adversario el Virrey Elío que adhería al Consejo de Regencia con sede en Cádiz, Las causas que condujeron a la Batalla de Las Piedras obedecían a la diferente actitud política, entre españoles juntistas y regentistas, con relación a la ausencia de Rey Fernando VII, por ese entonces prisionero de Napoleón Bonaparte.

Esta postura de formar Juntas, fueron comunes en toda hispano américa y obviamente Buenos Aires no fue la excepción, que era la capital del Virreinato del Río de la Plata. En ocasión de la citada disertación expresé que no me era posible, dado que el acto se centraba en el 18 de mayo de 1811, incursionar en el giro copernicano que ocurriría en el Congreso de Tres Cruces en abril de 1813, donde Artigas en la cláusula primera de las Instrucciones, a los delegados orientales para el Congreso Constituyente de la Provincias del Río de la Plata, solicita la independencia de la Corona de España y de la familia de los Borbones.

Hoy en esta columna voy a intentar explicar dicho cambio radical de postura del Caudillo. En el curso del año 1812 llegan al Río de la Plata ejemplares del libro: “La Independencia/ de la Costa Firme/ Justificada/Por Tomás Paine/Treinta Años Ha/Extracto de sus Obras/Traducido del Inglés al Español/ Por Manuel García De Sena/Philadelphia/En la Imprenta de T y J. Palmer/1811” que contenía, entre otras cosas, la Declaración  de Independencia, los Artículos de la Confederación, la Constitución de los Estados Unidos y las Constituciones de los Estados de Massachusetts, Connectict, Pensylvania y Virginia.

Presuntamente este libro llegó a las manos de Miguel Barreiro, por entonces Secretario de Artigas, quien lo debe haber compartido con Artigas, posteriormente en 1816 cuando el Cabildo de Montevideo le obsequia al Caudillo un ejemplar, éste lo recomienda, dicha obra estaba en las estanterías de la Biblioteca Pública de Montevideo, cuando se inauguró el 26 de mayo de 1816. Pero hay un hecho muy relevante, la fórmula de juramento de los comisionados de la Villa de San Juan Bautista de fecha 23 de mayo de 1813, es una copia literal de la establecida en la Constitución de Massachusetts contenida en el mencionado libro.

Este libro fue descubierto en 1926 por el historiador Felipe Ferreiro (1892-1963)  y comentado en el capítulo nueve de su magna obra “La disgregación del Reyno de Indias”, publicada recién en 1981. El notable historiador floridense Ariosto D. González (1901-1972) en una obra erudita “Las primeras fórmulas constitucionales en los Países del Plata-1810-1814”, cuya primera edición data de 1941 y la segunda, ampliada, de 1962, hace un pormenorizado estudio y cotejo de las Instrucciones de 1813 con las fuentes documentales del libro traducido por García de Sena, donde surgen coincidencias asombrosas.

A su vez estudia las Instrucciones de las otras Provincias: Tucumán 7/12/1812; Córdoba 12/12/1812; Jujuy 23/12/1812; Buenos Aires 27/1/1813; La Rioja 4/2/1813 y Potosí 2/9/1813, salvo ésta última todas anteriores a la Instrucciones Orientales. También examina la impresionante influencia del libro de García de Sena en los proyectos constitucionales elaborados entre fines de 1812 y comienzos de 1813 por la Comisión Oficial del Triunvirato, de la que formó parte el oriental Nicolás de Herrera; la Sociedad Patriótica y el redactado por el oriental Felipe Santiago Cardozo, asimismo analiza el proyecto de 1813 de Constitución para la Provincia Oriental, que es una copia casi textual de la Constitución de Massachusetts.

El citado historiador llega a la conclusión: “Poco era el conocimiento de Artigas y de sus consejeros en lo relativo a la organización constitucional americana. No han dejado una sola página, un solo concepto que revele que sus lecturas habrían ido más allá de los textos que desprovistas de todo conocimiento ilustrativo, les habría ofrecido la traducción de García de Sena. Las Instrucciones artiguistas no habrían aportado a las deliberaciones de la Asamblea de 1813 ninguna verdad nueva, ninguna conquista más útil para la organización del régimen institucional.

Sus ideas fundamentales independencia y confederación estaban contenidas en otros documentos anteriores y coetáneos”. Por su parte Luis Melian Lafinur (1850-1939) en “Semblanzas del pasado- Juan Carlos Gómez” de 1915, va al fondo de la cuestión: “Artigas, Ramírez, López y demás caudillos de la montonera, amaban instintivamente la federación que les facilitaba el medio de dominar a su antojo la provincia en que habían nacido”.

Artigas se convenció que la manera más eficaz de conservar su espacio de poder caudillesco y enfrentar con éxito a Buenos Aires, era proponer el modelo confederal de los Estados Unidos de América copiado de un libro, sin reparar que dicho país lo había sustituido por el modelo federal, ni tener en cuenta que las Provincias del Plata eran incomparables, desde todo punto de vista, a las trece colonias norteamericanas.

En el año 2014  Carlos Maggi (1922-2015), sobre el aludido libro de García de Sena, publica una obra titulada “El libro de Artigas”, que cuenta con un valioso anexo documental, pero que cae en una postura hagiográfica sustentada en endebles argumentos. La gran obra pionera publicada en 1910, por el floridense Héctor Miranda (1885-1915), titulada: “Las Instrucciones del año XIII”, sustancialmente apologética, debe ser sometida a la sana crítica, a la luz del progreso de la investigación historiográfica. Hemos esbozado unos apuntes, para la reflexión de los lectores interesados, teniendo presente que en este tema, como en tantos otros, no hay últimas palabras.    

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