CONSULTAS RECIBIDAS por IAVA. Por Juan Ramón Rodríguez Puppo

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Aclaro que soy un abogado jubilado que solamente ejercí abordando temas de derecho laboral y no me dediqué a derecho administrativo. Igual puedo y voy en lenguaje coloquial contestar 3 o 4 preguntas que me hicieron.

-Respecto de si el Director del IAVA(Ruidiaz) ¿pudo no ser sumariado?

Digo que el sumario era inevitable. En un caso como el del otro día el ejercicio de la potestad disciplinaria administrativa es irrenunciable. Lo dice la ley y el decreto 222/2014 a texto expreso.

-la subordinación o insubordinación ¿es un concepto militarista o de normas de la dictadura?

No. La subordinación de un Director a su jerarca está expresamente prevista en el art.3° de la ley 19121 (2013). Ley sobre funcionarios públicos.

El subordinado recibe órdenes de trabajo y debe acatar. La subordinación jurídica es un concepto básico del derecho laboral que aplica al derecho administrativo.

-¿Las sanciones a un Director tienen que ser graduales si no acata a la autoridad o ante una falta cualquiera?

El principio general es la gradualidad, pero el otro principio es la adecuación. O sea, la sanción debe ser acorde no solo a la falta sino también a la jerarquía del cargo del sancionado. A mayor responsabilidad… mayor gravedad (ley 19121). Se mide además no sólo cual fue la falta sino cuán grande es el daño de imagen a la jerarquía o prestigio que debe guardar la institución.

– Como son las sanciones previstas por la ley?

Para un caso así la autoridad inmediata da cuenta al Ministerio y abre sumario. Si fuera una falta muy leve no hay retención de salario.

Una falta más grave o sea una falta que como medida provisoria se plantea una suspensión de por lo menos 10 días a 6 meses puede ir acompañada por una retención de hasta 50% del sueldo. Si es más de 3 meses a 6 la retención del sueldo es obligatoria.

Mientras tanto se instruye ese sumario y hay plazos de 60 días con un aplazamiento eventual de otros 60 días más si se pide.

Si la falta llegara a ser muy grave imagino puede implicar la destitución del funcionario.

Eso solo se da por casos de ineptitud, omisión o delito.

Obviamente que primero hay que ver descargos y el acusado puede defenderse con su profesional.

-El Director del IAVA- sr. Ruidiaz- va a ser cruelmente perjudicado en sus ingresos por la retención y no trabajo??

No. Salvo que se configure una causal clara de destitución.

De lo contrario pierde lo que se estipule como sanción, pero se le devuelve todos los haberes retenidos. Inclusive se puede adelantar su reingreso al trabajo si ya se ve que la sanción no va a ser de las más graves. Una opción puede ser mandarlo a otro centro si la jerarquía y el informe del sumarían así lo considerase y a la espera de un informe final.

¿Qué está en juego entonces en este caso?

Muy humildemente y desde afuera del caso creo que hay una falta grave que amerita sumario y retención. No se si hay suficiente mérito jurídico para una destitución porque entiendo no tiene antecedentes punitivos. En cualquier caso, creo que no es menor el no acatamiento de órdenes superiores, el permitir que los alumnos tengan pleno y absoluto control de salones y no tener ni una llave del lugar el director. Hasta por razones de seguridad debió tener otro control de la situación. El estado de «grafiteo» desprolijo y hasta obscenidades en las paredes no hablan bien de algún grado de dominio y administración de las instalaciones oficiales.

Por tal motivo espero que le correspondan sanciones severas que además sirvan de ejemplo para otras situaciones análogas.

Lo de normas o circulares de épocas pretéritas es el menor de los temas en este caso IAVA.

Se debe cumplir la ley el decreto con más los estatutos educativos. Que además fueron redactados todos en épocas de gobierno del FA.

Por último. La LUC no tiene nada que ver en lo normativo del caso porque la desocupación de este local de estudios no es en respuesta a una desocupación laboral.

La norma aplicada fue un decreto del gobierno de Mujica en 2010 que regula las desocupaciones de oficinas públicas.

Espero haber aclarado inquietudes.

Jrpuppo

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