El próximo 27 de marzo los ciudadanos estamos convocados a pronunciarnos por SÍ o por NO al recurso de referéndum contra 135 artículos de los 476 que contiene la Ley Nº: 19.889 de 9 de julio de 2020, conocida popularmente como LUC (ley de urgente consideración) por el procedimiento legislativo empleado para su tramitación. Mi postura es pública y notoria en favor del NO, he escrito varias columnas dando a conocer, motivadamente, la pertinencia de las principales reformas que contiene. No obstante dado que la presente será la última columna antes del acto electoral, me parece adecuado dar a conocer a los lectores los motivos que me llevan, con absoluta convicción cívica, a votar NO. Los artículos impugnados forman parte de la temática contenida en el programa de gobierno de la coalición que postuló en el ballotage, de noviembre de 2019, a la Presidencia a Lacalle Pou, quien resultó triunfador en dicha contienda comicial. La Ley recurrida parcialmente, cuando era primero anteproyecto y luego proyecto fue discutido ampliamente por todos los partidos políticos y sectores sociales. Fue enmendado y mejorado por todos ellos, incluso los tres artículos recurridos, que refieren al procedimiento de fijación del precio de los combustibles, fueron votados por el Frente Amplio en acuerdo con la coalición de gobierno. El 85 % de los artículos que ingresaron en el proyecto del Poder Ejecutivo fueron modificados o suprimidos en el trámite parlamentario. Los artículos de la LUC están redactados con mucha moderación y prudencia, y tienen por objetivo armonizar derechos en el campo laboral, aumentar la libertad de elección y disminuir la coacción estatal o corporativa. En lo que refiere a algunos artículos relativos a normas penales y de ejecución penal tengo objeciones, no obstante comparto la abrumadora mayoría del articulado impugnado. Con la vigencia de la mayoría de las normas recurridas, las personas adquieren un mayor grado de libertad: portabilidad numérica en la telefonía móvil; inclusión financiera opcional; compatibilidad de derechos en los conflictos colectivos de trabajo; nueva modalidad opcional de arriendo de casa habitación sin garantía; tutela de la libre circulación en las vías públicas, etc. Por su parte se le dan instrumentos a la Policía, con las debidas garantías para las personas, con el propósito de dar eficacia en la disuasión, prevención y represión del delito. A su vez se modifican disposiciones de la Ley General de Educación que modernizan su gobernanza, implementan la coordinación e inclusión de la educación privada, y brindan a las autoridades competentes herramientas para, libres de posturas dogmáticas e intereses corporativos, se puedan emprender reformas impostergables. Los artículos impugnados carecen de envergadura para justificar un referéndum, el propósito es a mitad de mandato frenar la acción del gobierno de coalición y de esa manera empoderar al PIT-CNT y afianzar la chance del Frente Amplio de retornar al gobierno en 2025. Para ello en esta campaña los sectores impugnantes no han reparado en dramatizar y magnificar el alcance del articulado recurrido, apelando a relatos y consignas falaces. Revivir la normativa anterior, que sería la consecuencia inevitable del triunfo del SÍ, conduce a un mayor grado de restricción de la libertad individual y de aumento de la coacción colectiva. Los militantes sindicales y políticos de la izquierda, que son mucho más inteligentes de los que muchos suponen y tienen una estrategia de largo plazo, no quieren ver disminuida, ni mínimamente, la hegemonía, en el sentido gramsciano del vocablo, que detentan en pro de construir una sociedad socialista. Los liberales debemos tener en cuenta esta realidad que subyace en la contienda y que se disimula con una fraseología seductora, para que el proceso sea indoloro. El Dr Julio María Sanguinetti, en un reciente libro reportaje que repasa su vida y su obra, llevado a cabo por Pablo Cohen y titulado “Habla Julio”, expresa que una cosa es ganar una elección presidencial y otra recibirse de Presidente de la República y a continuación consigna que el Dr Luis Lacalle Pou se ha recibido, durante su corta gestión de Presidente de la República, por su pragmatismo liberal sin dogmas y por haber estado a la altura de la circunstancias durante la pandemia. Concordamos plenamente con la opinión del ex Presidente, por ello Lacalle Pou merece un respaldo ciudadano que le permita llevar a cabo, con el talante moderado que caracteriza al gobierno de coalición, las reformas que el país requiere. Luego el Soberano las evaluará, con la debida perspectiva, en los comicios de 2024. Los artículos impugnados no están escritos sobre piedra, muchos de ellos serán mejorados en el futuro por la propia dinámica social y política, pero más allá del texto que es un avance, importa el espíritu que propende mínimamente a emanciparnos de coacciones arbitrarias que algún día podrán ser erradicadas a un grado mucho mayor. Sea cual sea el resultado, él no nos debe impedir tender puentes y abrir canales de diálogo con la oposición, a quien debemos respetar y considerar, para encarar cuestiones más complejas que es necesario abordar como país, para sobrevivir con éxito a un futuro que se presenta tan desafiante como incierto.