Por el camino de la cercanía

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Por: César López.

A partir de la reforma constitucional de 1996 se inaugura un nuevo modelo de organización y de relaciones económicas, jurídicas, administrativas y políticas entre el gobierno nacional y los gobiernos departamentales. Podemos decir que también esa reforma surtió efectos sobre los partidos políticos y el sistema de partidos en nuestro país. Más allá de esto último, la presente columna busca reflexionar sobre los espacios o “niveles” de gobierno que coexisten hoy en nuestro país.

Esta reforma constitucional introduce las elecciones internas y el balotaje o segunda vuelta en las elecciones nacionales. Se separan en el tiempo las elecciones municipales que pasarán a realizarse el año siguiente de las elecciones nacionales. Se institucionaliza el Congreso Nacional de Intendentes, se establecen algunos mecanismos de descentralización y se dota a los gobiernos departamentales de una mayor autonomía financiera.

Sumado a esta reforma constitucional, se sanciona en el año 2009 la ley N°18.567 Ley de Descentralización Política y Participación Ciudadana, que luego sería derogada en el año 2014 por la ley N° 19.272, la cual también lleva por nombre Ley de Descentralización Política y Participación Ciudadana ya que su cometido fue modificar a su antecesora e introduce importantes modificaciones en las relaciones entre los Municipios, el Intendente y la Junta Departamental. A partir de este punto, la territorialidad pasa a tener un rol protagónico en la elaboración y gestión de las políticas públicas, donde aparecen los Municipios como un tercer nivel de gobierno. Esta reforma es de vital importancia en tanto el territorio que constituye cada municipio presenta características y necesidades individuales que se hacen patentes sólo ante aquellos que forman parte de la realidad de los mismos. Además de lo anterior, la posibilidad de tomar decisiones según las problemáticas emergentes.

La descentralización y autonomía de los gobiernos departamentales y municipales, segundo y tercer nivel, en un Estado unitario por definición como es el Uruguay, trae consigo una serie de dificultades y obstáculos que persisten a pesar de las reformas que en este sentido se han estado desarrollando en nuestro país. Podemos mencionar principalmente los problemas relacionados con la distribución de competencias o la asignación y gestión de los presupuestos y recursos públicos.

Considerando lo anteriormente expuesto es completamente válido preguntarnos:

 ¿para qué existen los gobiernos municipales?

Los municipios son la pieza clave para una buena gestión. La gestión es lo que soluciona los problemas que tienen las y los ciudadanos en su día a día, los problemas que perciben y que tienen en su barrio, los problemas que ven en su localidad, que tal vez no son los problemas más complejos que puedan afectar la vida de una persona, pero si son la vía más rápida para mejorar su calidad de vida. 

Los gobiernos municipales se desbordan de cercanía, no son un tercer nivel de gobierno, son de verdad el primer nivel de gobierno ya que es a ellos a quienes recurren los vecinos y atienden los emergentes y propuestas de la ciudadanía toda. 

Un gobierno existe para gestionar, para construir el mejor futuro posible, el gobierno existe para las personas.

En este nivel de gobierno fermenta el vínculo de lo comunitario con la institucionalidad de la república. En su origen etimológico república proviene del término en latín Rēs pūblica que  significa la cosa pública, la cosa del pueblo, la comunidad, el esfuerzo común de los ciudadanos, dirigida por ellos para la consecución del bien común.

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