CENTENARIO DE UNA POLÉMICA HISTORIOGRÁFICA. Por Hilario Castro Trezza

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Los años redondos, son propicios para conmemorar acontecimientos relevantes de la vida de las personas y de los países. No fue una excepción Uruguay cuando se acercaba al Centenario de los hechos históricos de 1825-1830.

El 6 de mayo de 1920 el Diputado por Treinta y Tres Luis Hierro, propuso la creación de una Comisión Parlamentaria compuesta por seis Diputados y tres Senadores, con el cometido de fijar la fecha del primer Centenario de la República. La ley de creación de dicha Comisión fue promulgada el 9 de junio de 1921 con el propósito de fijar el Centenario de la Independencia Nacional. La referida Comisión se expidió, por cinco votos en nueve el 15 de enero de 1922, haciendo suyo el informe del Dr Pablo Blanco Acevedo que establecía la fecha del 25 de agosto para la celebración del Centenario de la Independencia Nacional.

La Cámara de Representantes en la sesión de 26 de junio de 1923 aprobó, por mayoría, la propuesta de la Comisión con informe del Diputado José G Antuña, el alegato de defensa estuvo a cargo del Diputado Gustavo Gallinal y el alegato contrario al informe le correspondió al Diputado Edmundo Castillo, con el asesoramiento del Dr Eduardo Acevedo, proponiendo la fecha del 18 de julio para celebrar el Centenario de la República.

En la Cámara de Senadores se trató el tema en la sesión del 26 de setiembre de 1923, con informe del Senador Justino Jiménez de Aréchaga el que fue aprobado, estableciendo la fecha del 18 de julio, la discordia en minoría fue expuesta por el Senador Jacinto Casaravilla. La Asamblea General nunca se reunió para zanjar las discrepancias entre ambas Cámaras.

El historiador floridense Ariosto D González en su trabajo “El Centenario” y el historiador maragato Vicente T Caputi en su libro “Por la verdad histórica”, ambas obras de 1923, controvierten con gran solidez argumental y ponen al descubierto las graves falencias del “Informe sobre la fecha de la celebración del Centenario de la Independencia” confeccionado en 1922 por el Dr Pablo Blanco Acevedo.

La tesis independentista clásica, cuya génesis la encontramos en las obras de Francisco Bauzá; José Espalter y Mario Falcao Espalter comenzaba a ser controvertida científicamente. Lorenzo Carnelli en 1923 en su libro “Oribe y su época”; Luis Arcos Ferrand en 1925 en la “Cruzada de los Treinta y Tres” y Felipe Ferreiro en 1926 con “La disgregación del Reino de Indias” refuerzan las posturas de González y Caputi. No obstante Juan Pivel Devoto en 1938 con la obra “El proceso de la Independencia Nacional” retoma la postura blancoacevedista sobre el tema. Avanzado el siglo XX los enjundiosos trabajos de Alberto Demicheli; Eugenio Petit Muñóz; Oscar Bruschera y Alfredo Traversoni, ponen en retirada a la corriente independentista clásica.

Por decreto ley Nº: 14.276 de 24/09/1974 se crea la Comisión Nacional de Homenaje del Sesquicentenario de los Hechos Históricos de 1825 y el año 1975 se bautizará como Año de la Orientalidad. Ante ello el Presidente del Consejo de Estado el Dr Alberto Demicheli, en sesión de dicho Cuerpo de fecha 29/08/1974, cuestiona con fundados argumentos al independentismo clásico en cordial controversia con la Consejera de Estado Prof Maria Luisa Coolighan Sanguinetti. El Prof Juan Pivel Devoto como Director del Museo Histórico Nacional y miembro de la Comisión Editora de la Colección de los Clásicos Uruguayos, aprovecha el ambiente del sesquicentenario, para publicar los volúmenes 145 y 146 titulados: La Independencia Nacional, con la recopilación de ocho obras de independentistas clásicos, en un acto de unilateralidad y tendenciosidad, al decir de Real de Azúa, al excluir las obras de la otra tendencia historiográfica.

En aquél año 1975 escribirá Carlos Real de Azúa, despojado de todos sus cargos docentes, el formidable libro “Los orígenes de la nacionalidad uruguaya”, que desenmascara definitivamente el informe Blanco Acevedo, que verá la luz póstumamente en 1990. Guillermo Vázquez Franco, otro destituido en dictadura de todos sus cargos docentes, publicará en 1994 “La historia y sus mitos” y 2014 “Traición a la Patria”. Estas tres obras dan por tierra con el hegemonismo historiográfico piveliano.

En 2005 el por entonces Senador Dr Julio María Sanguinetti, íntimo amigo de Pivel pero enfrentado con él en cuanto al independentismo clásico, presenta un proyecto para resignificar la fecha del 25 de agosto, el Prof José Pedro Barrán, comparte los argumentos del ex Presidente de la República, no obstante por ser piveliano se opone a toda innovación y el proyecto muere en la Comisión respectiva.

En lo personal durante décadas hemos leído, estudiado y escrito sobre el tema, llegando a la conclusión que las tres leyes agostinas son complementarias y armónicas entre sí, responden a una secuencia lógico sistemática y su tenor literal es indubitable. Ellas consagran la independencia de la Provincia Oriental del Reino de Portugal y del Imperio del Brasil y la reincorporación a las Provincias Unidas del Río de la Plata conocidas por el gentilicio Argentina.

En cambio, la Independencia Nacional surge de la Convención Preliminar de Paz de 27 de agosto de 1828 y ratificada el 4 de octubre de 1828 que creó el Estado Oriental del Uruguay cuya Constitución aprobada el 10 de setiembre de 1829 “segundo de nuestra Independencia” tal como reza el final del texto, será jurada el 18 de julio de 1830. El 25 de agosto de 1825 se declaró la independencia provincial y la reincorporación nacional, ella es la fecha de la independencia con reunificación, por el contrario el 18 de julio de 1830 es la independencia con disgregación. Una es lo que quisimos ser y la otra lo que nos dejaron ser.

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