Quien todo lo puede. Por Alfredo Oliú

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Mucha gente piensa que la ciencia da respuesta a todo. No solamente ahora
en nuestro tiempo sino a lo largo de la historia de la humanidad, con mayor
o menor intensidad, existen quienes piensan así y por cierto que merecen
nuestro mayor respeto y consideración. En lo personal yo no creo que la
ciencia puede dar respuesta a todo, sí confío en el rigor de muchos
enunciados que realizan los científicos de las distintas ramas, también
confío en la incesante búsqueda de la verdad a la que se entregan muchas
veces los científicos.
Resulta muy difícil realizar algún tipo de comentario acerca de una de las
tres sentencias que dictó el Juez Alejandro Recarey en esta semana
escondiendo el enojo que provocó. No lo oculto, francamente estoy muy
enojado. Pero bueno, hagamos por lo menos el intento. La sentencia en
cuestión tiene un cúmulo de aspectos que merecen por lo menos algún
comentario. Estos aspectos los podemos dividir en tres grandes grupos: uno
el procesal, otro la cuestión de fondo y uno último relativo a la finalidad.
No pretendo hacer de esto un trabajo jurídico sino simplemente señalar
aspectos que francamente me llaman la atención.
Cuando comparece el actor, invoca que lo hace en nombre propio y según
señala la sentencia “como defensor de los intereses difusos de los menores
de edad.” Yo comprendo perfectamente a quien comparece en nombre
propio y velando por sus propios intereses. En cuanto a los intereses
difusos, como bien lo indica el propio término resulta algo difuso. Lo que
definitivamente me cuesta comprender es que se invoque que comparece en
nombre de todos los menores de edad. Lo grave es que se le dé por válida
tal representación. Con el agravante que el asunto es ventilado en el marco
de un procedimiento especial como sin duda es el amparo el cual posee
como una de sus características la brevedad del plazo para resolver.
En cuanto al fondo del asunto. A mi juicio existen dos objetivos claros que
persigue la sentencia: uno referente a la vacunación a los niños menores de
13 años y otro objetivo, quizás se pretenda presentar como incidental pero
es un objetivo directo y principal, el contrato entre el Estado Uruguayo y el
Laboratorio Pfizer. En el desarrollo del proceso judicial y entre los
elementos probatorios, se lleva a cabo por escrito un interrogatorio al
Ministro Salinas. El mismo consta de 18 preguntas. Las preguntas con cada

una de las correspondientes respuestas están publicadas en la página del
Ministerio de Salud Pública. El contenido de las respuestas para quien es
abogado, y el Juez lo es, es por demás ilustrativo. Sobre todo si el
Magistrado no está acompañado de algún perito en la materia. Yo quiero
ser franco y directo: el Dr. Recarey ignoró lisa y llanamente gran parte del
contenido del mencionado interrogatorio. En la sentencia se expresa entre
otras muchas cosas: «Siendo menenester (sic) no dejar de tener presente, en
ningún momento, que no estamos frente a una prescripción médica
científicamente homologada. Sino ante un experimento. Que no por su
colosal magnitud deja de ser lo que es: un experimento.» Pues bien, consta
en el expediente el interrogatorio al Sr. Ministro, el Magistrado no puede
ignorarlo, en ningún momento refiere a él y si lo hace es forma tan
tangencial e irrelevante que revela la poca consideración que el Juez tuvo.
Entonces se suelta con afirmaciones como la del experimento de “colosal
magnitud”. Dr. Recarey, tiene en sus manos un pormenorizado informe que
le presentó el Sr. Ministro, informe en el cual y entre muchas cosas se
expresa avalado por números muy concretos “En todos los estudios de
efectividad se observó que la tasa de incidencia de casos, así como de
internación en CTI y muerte fue significativamente menor en vacunados
respecto a no vacunados para todas las plataformas”. Tampoco Dr. Recarey
prestó Ud. la debida atención en el mencionado interrogatorio cuando se
detalla con lujo de detalles la intervención de organismos internacionales y
nacionales certificando la vacuna. Ud prefiere hablar de experimento de
colosal magnitud. No creo en su sinceridad Dr., tampoco le creo en su
sinceridad cuando para justificar su sentencia invoca la norma
constitucional referente a la familia como base de la sociedad. Y esto por
una razón muy sencilla: En su Sentencia se apropió de la posibilidad de los
padres de elegir la mejor manera de proteger a sus hijos. Al parecer Ud.
sabe más que los médicos y que los padres sintiéndose capacitado para
guiarnos hacia la salida del colosal experimento. Pero no, a Ud le importan
los contratos. Pasa de presuntamente ponernos a salvo a todos a dejarnos de
rehén de los contratos que ud entiende son ilegítimos e inconstitucionales.
Pero hasta tanto no se los muestren, no deja vacunar. Llama poderosamente
la atención que siendo Ud. Juez subrogante por la feria judicial emita dos
sentencias, dos amparos que nos ponen a salvo del colosal experimento y
con ello las familias podemos dormir en paz. Quien todo lo puede nos
protege.

Pocas veces en nuestra historia política he visto consensos tan grandes, ya
sea entre los partidos políticos como con la comunidad científica: esta
sentencia es un disparate.
La ciencia no da todas las respuestas, la ciencia no nos revela toda la
verdad porque muchas veces no puede abarcarla, pero cuando se acerca a
ella es de necios ignorarlas.

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